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GESTIÓN incluidas en la cotización fija mensual.
El monto anual deducible, no podrá superar la
deducir por dichos conceptos no podrá superar ganancia no imponible anual de $123.861,17 para
el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada. el período 2020.
Gastos de movilidad, viáticos y otras compensa-
? P RIMAS DE SEGURO PARA EL CASO ciones análogas abonados por el empleador
DE MUERTE Cuando se trate de actividades de transporte de
larga distancia, la deducción a computar no po-
Podés deducir lo que abones por seguros de drá superar el importe de la referida ganancia
vida. En el caso de seguros mixtos, solo podés no imponible.
deducir la parte de la prima que cubre el riesgo A los fines dispuestos en el párrafo anterior deberá
de muerte, excepto para los casos de seguros de considerarse como transporte de larga distancia a
retiro privado administrados por entidades suje- la conducción de vehículos cuyo recorrido exceda
tas al control de la Superintendencia de Seguros. los cien kilómetros del lugar habitual de trabajo.
Dicha deducción solo se practicará hasta alcan-
zar el tope que para el año 2020 es de $18.000 BENEFICIOS
? DONACIONES Si trabajás o vivís en zona patagónica tenés el
Se pueden deducir las donaciones hechas a los beneficio del aumento en un 22% de sus deduc-
fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las ciones personales.
instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones
y entidades civiles, siempre que estén reconoci- ¿HAY QUE GUARDAR ALGUNA
das por la AFIP como exentas del impuesto a las DOCUMENTACIÓN?
ganancias. La deducción se podrá realizar hasta
el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio Los trabajadores deberán conservar a disposi-
acumulada. ción de AFIP la documentación que respalde los
datos informados en el formulario de declara-
? INTERESES POR PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS ción jurada F. 572 web así como los comproban-
Podés incluir el importe de los intereses de cré- tes de la liquidación anual y/o final -formulario
ditos hipotecarios para la compra o construcción de declaración jurada F. 649 o planillados con-
de inmuebles destinados a casa-habitación, has- feccionados manualmente o mediante sistemas
ta el importe de $ 20.000 anuales. computadorizados- recibidos del empleador.
? GASTOS DE SEPELIO SIEMPRE DEBEMOS RECORDAR:
Los gastos de sepelio pueden deducirse cuando PARA PODER REALIZAR UNA CORRECTA
ocurran en el país y se originen en el fallecimien- LIQUIDACIÓN DE RETENCIONES DE
to del empleado o de alguna de las personas in- GANANCIAS, ES NECESARIO QUE
formadas como carga de familia, hasta el tope LOS DATOS SEAN PRESENTADOS
de $ 996,23, siendo los mismos por parte del EN SIRADIG A TÉRMINO Y SE
empleado o de un familiar a cargo. MANTENGAN ACTUALIZADOS.
? ALQUILERES CELESTE ROBLES
Es deducible hasta el 40% del alquiler de tu LIC. EN ADMINISTRACIÓN
vivienda, siempre que ese monto no supere el CONTADORA PÚBLICA NACIONAL
mínimo no imponible de $123.861,17 para el pe- CPCEPBA T.144 F.80 - CPCECABA T.297 F.198
ríodo 2020 y que no seas titular de un inmueble
en ningún porcentaje.
? C ASAS PARTICULARES
Las personas que tengan personal de casas par-
ticulares a su cargo pueden deducir la remune-
ración y las contribuciones patronales abonadas
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